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Subsidio para mayores de 52 años en 2026

Con 52 años o más y al menos 6 años cotizados por desempleo, el subsidio es de 480,00 € al mes en 2026 (el 80 % del IPREM) y se cobra hasta la edad ordinaria de jubilación, con una cotización por jubilación sobre 1.780,50 € al mes.

¿Tengo derecho al subsidio?Sí

480,00 € al mes (el 80 % del IPREM) hasta que cumplas la edad ordinaria de jubilación. Además, el SEPE cotiza por tu jubilación sobre una base de 1.780,50 € al mes (el 125 % de la base mínima).

IRPF: con estos importes no hay retención. No pagas cotización a tu cargo.

Límite de rentas de 2026: 915,75 € al mes; tus rentas: 0,00 €.

  • dato pendiente de verificar LGSS, art. 280 (RDL 2/2024): la edad y los 6 años, leídos en el BOE; la cuantía (art. 280.4) y la base de cotización (art. 280.9), solo en copia no oficial

Cálculo con las cifras de 2026. Resultado orientativo: el derecho lo reconoce el SEPE con tu solicitud y la declaración de rentas.

Requisitos del subsidio para mayores de 52

Cuánto se cobra y cuánto cotiza el SEPE

Importe mensual (80 % del IPREM)480,00 €
Importe en un año5.760,00 €
Base de cotización por jubilación (125 % de la base mínima, 1.424,40 €)1.780,50 €

dato pendiente de verificar LGSS, art. 280 (RDL 2/2024): la edad y los 6 años, leídos en el BOE; la cuantía (art. 280.4) y la base de cotización (art. 280.9), solo en copia no oficial.

Diferencias con el régimen anterior

Desde la reforma del RDL 2/2024 los demás subsidios cobran por tramos (95 %, 90 %, 80 % del IPREM), pero el de mayores de 52 mantiene el 80 % desde el primer día (480,00 €), y se cobra hasta la jubilación en lugar de por una duración fija. La reforma también permite compatibilizarlo con un empleo mediante el complemento de apoyo al empleo. La edad ordinaria de jubilación que pone fin al subsidio depende de lo que hayas cotizado y no la calculamos aquí.

Cómo se calcula el subsidio

  1. Cuantía: un porcentaje del IPREM mensual (600,00 € en 2026): el 95 % (570,00 €) del día 1 al 180, el 90 % (540,00 €) del día 181 al 360, el 80 % (480,00 €) desde el día 361. No depende de tu sueldo anterior.
  2. Duración: depende de cómo llegas al subsidio, de tu edad, de tus responsabilidades familiares y de los días de paro agotados o cotizados. Se reconoce por periodos de 3 meses que se prorrogan hasta la duración máxima.
  3. Rentas: las del mes anterior no pueden superar 915,75 € (el 75 % del salario mínimo sin la parte proporcional de las pagas extra). Con responsabilidades familiares se divide la renta de toda la unidad entre sus miembros.
  4. Impuestos: el subsidio tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo, pero con estos importes no suele haber retención. No pagas cotización a tu cargo.

Solo calcula los subsidios nacidos desde el 1 de noviembre de 2024 (RDL 2/2024). No incluye el subsidio de eventuales agrarios, la renta agraria, emigrantes retornados, liberados de prisión, víctimas de violencia ni prórrogas o reanudaciones ya empezadas.

Subsidio según los meses cotizados

Otras modalidades

Herramientas relacionadas

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra al año un mayor de 52 con el subsidio?

5.760,00 € en 2026 (480,00 € durante 12 meses). Con estos importes no hay retención de IRPF.

¿Cuentan las rentas de mi familia?

Esta calculadora aplica la regla general: tus rentas, o las de tu unidad familiar por miembro si tienes responsabilidades familiares, no pueden superar 915,75 € al mes.

Fuentes oficiales

Datos revisados el 11 de octubre de 2026.

Resultado orientativo. No sustituye al asesoramiento profesional: el derecho lo reconoce el SEPE con tu solicitud y la declaración de rentas.