Finiquito e indemnización por dimisión voluntaria
Si dejas el trabajo por tu cuenta no hay indemnización, pero cobras el finiquito: días del mes, vacaciones no disfrutadas y la parte de las pagas extra. Ejemplo: Con 3 años y 28.000 € brutos, el finiquito por dimisión voluntaria son 2.391,62 €, sin indemnización.
Qué te corresponde
- Si dejas el trabajo por tu cuenta no hay indemnización, pero cobras el finiquito: días del mes, vacaciones no disfrutadas y la parte de las pagas extra.
- Debes avisar con la antelación que fije tu convenio o la costumbre (habitualmente 15 días). Si no lo haces, la empresa puede descontarte del finiquito los días que falten.
- Al ser una baja voluntaria, no tendrás derecho a paro por esta salida.
Ejemplo calculado
3 años de antigüedad (alta el 13 de octubre de 2023 y baja el 12 de octubre de 2026), 28.000 € brutos al año en 14 pagas, 5 días de vacaciones disfrutados y 10 días de preaviso sin cumplir.
| Salario de los días del mes | 800,00 € |
|---|---|
| Vacaciones no disfrutadas (18,42 días) | 1.228,31 € |
| Parte proporcional de la paga extra | 1.130,43 € |
| Preaviso | -767,12 € |
| Finiquito | 2.391,62 € |
| Indemnización (0 días) | 0,00 € |
| Total bruto | 2.391,62 € |
Cómo se calcula el finiquito y la indemnización
El finiquito se cobra siempre, te vayas como te vayas: es lo que la empresa te debe hasta el día de la baja. La indemnización depende del motivo del despido o del fin del contrato.
- Salario del mes de la baja: los días trabajados del mes por el salario diario (mensualidad entre 30), o el mes entero si la baja es el último día del mes.
- Vacaciones no disfrutadas (art. 38 del Estatuto de los Trabajadores): se generan 30 días naturales al año como mínimo, en proporción a los días trabajados en el año de la baja. Se pagan las que no hayas disfrutado.
- Pagas extra: si no están prorrateadas, la parte devengada y no cobrada de cada paga (por semestres o por año, según tu convenio).
- Preaviso: si dimites sin avisar con la antelación del convenio, la empresa puede descontar los días que falten. En el despido objetivo (15 días) y en el fin de un contrato temporal de más de un año (15 días), si la empresa no avisa debe pagarte esos días.
La indemnización se calcula en días de salario. El salario diario es el bruto anual con las pagas extra entre 365, como hace el Tribunal Supremo. Se cuentan los meses de antigüedad y cualquier fracción de mes cuenta como un mes completo.
- Despido improcedente: 33 días por año con un tope de 720 días (24 mensualidades). Si empezaste a trabajar antes del 12/02/2012, el tiempo hasta el 11/02/2012 se paga a 45días por año, con un tope de 42 mensualidades.
- Despido objetivo: 20 días por año con un tope de 12 mensualidades.
- Fin de contrato temporal: 12 días por año, en proporción a los días del contrato. Los contratos formativos y de sustitución no tienen indemnización.
- Dimisión, despido disciplinario procedente y periodo de prueba: no hay indemnización, solo finiquito.
IRPF: la indemnización obligatoria por despido está exenta hasta 180.000 € (art. 7.e de la Ley del IRPF). La del fin de contrato temporal tributa entera. El finiquito tributa y cotiza como una nómina.
Otros tipos de extinción
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde por dimisión voluntaria?
Con 3 años y 28.000 € brutos, el finiquito por dimisión voluntaria son 2.391,62 €, sin indemnización. El total a cobrar, con el finiquito, es de 2.391,62 € brutos.
¿La indemnización tributa en el IRPF?
No hay indemnización en este tipo de extinción.
Fuentes oficiales
- Real Decreto Legislativo 2/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (arts. 38, 49, 53, 56, DT 8.ª y DT 11.ª) (BOE)
- Estatuto de los Trabajadores, artículo 49: extinción del contrato (copia no oficial) (Conceptos Jurídicos)
- Ley 35/2006 del IRPF, artículo 7.e (indemnizaciones por despido exentas) (BOE)
- Rentas exentas del art. 7.e LIRPF y consulta DGT V1504-23 (fin de contrato temporal) (Primera Lectura Ediciones)
- Ficha del cálculo del tope de la indemnización por despido (STS 18/02/2016 y 02/02/2016) (Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid)
- Guía de la herramienta de cálculo de indemnizaciones laborales (meses, 365 días y topes en días) (Confilegal)
Datos revisados el 11 de octubre de 2026.